La institución explicó que la medida aplica únicamente a pagos realizados por empresas dominicanas a proveedores extranjeros y no afecta a los consumidores
SANTO DOMINGO.– El Ministerio de Hacienda y Economía aclaró este domingo que la Ley 30-26, sobre Medidas Procrecimiento Económico, Simplificación Fiscal y Mitigación de la Crisis Internacional, no establece impuestos para las suscripciones a plataformas digitales contratadas por ciudadanos.
La entidad emitió la precisión luego de que circularan en redes sociales diversas interpretaciones sobre el alcance de la normativa, especialmente en relación con servicios de entretenimiento y aplicaciones digitales utilizadas por personas físicas.
Según explicó el ministerio, la ley introduce una reducción en la retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR) aplicada a determinados pagos realizados por empresas dominicanas a proveedores no residentes.
La disposición disminuye la tasa de retención de un 27 % a un 15 % para pagos relacionados con licencias de software, regalías, derechos de autor, publicidad digital y servicios de almacenamiento en la nube contratados por empresas locales.
Las autoridades indicaron que este cambio representa una reducción de 12 puntos porcentuales respecto al régimen anterior y busca facilitar el acceso de las empresas dominicanas a herramientas tecnológicas y servicios especializados provenientes del exterior.
El Ministerio de Hacienda y Economía destacó que la medida contribuye a mejorar la competitividad empresarial y acerca el tratamiento tributario del país a estándares aplicados en otras economías de la región.
Asimismo, explicó que la retención es realizada por las empresas dominicanas al momento de efectuar pagos a proveedores extranjeros, por lo que se trata de una obligación vinculada exclusivamente a operaciones comerciales entre compañías.
“Hasta la aprobación de la Ley 30-26, estos pagos realizados por empresas dominicanas a proveedores no residentes estaban sujetos a una retención de 27 %. La nueva disposición reduce esa tasa a 15 % cuando se trate de regalías, derechos, licencias de software, publicidad digital o servicios de almacenamiento en la nube”, indicó la institución.
El organismo enfatizó que las suscripciones a plataformas de entretenimiento, aplicaciones móviles, servicios digitales de uso personal y cualquier otro servicio contratado directamente por ciudadanos no están contemplados dentro de esta disposición.
Por tal motivo, aseguró que los consumidores no tendrán que pagar nuevos impuestos por servicios digitales como resultado de la entrada en vigencia de la ley.
Hacienda y Economía reiteró que continuará ofreciendo información oficial sobre el alcance de las medidas tributarias vigentes y exhortó a la población a consultar los canales institucionales para verificar cualquier información relacionada con cambios fiscales.
La institución sostuvo que el objetivo de la reforma es simplificar procesos, apoyar el crecimiento económico y ofrecer mayor claridad en las relaciones comerciales vinculadas a servicios tecnológicos y digitales.




