La decisión del Tribunal Superior Administrativo impide que entre en vigor la suspensión anunciada por Andeclip mientras continúa el proceso judicial.
Santo Domingo.– El Tribunal Superior Administrativo (TSA) ordenó a la Asociación Nacional de Clínicas Privadas (Andeclip) abstenerse de suspender los servicios médicos a los afiliados de ARS Primera y ARS Futuro, acogiendo una solicitud presentada por la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA).

La decisión frena la paralización de consultas, procedimientos electivos y otros servicios que el gremio de clínicas privadas tenía previsto iniciar este martes 14 de julio, en medio del conflicto que mantiene con las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) por la actualización de las tarifas.
El fallo fue emitido durante una audiencia virtual celebrada este lunes, al amparo del artículo 86 de la Ley 137-11, al considerar que existía un riesgo para el derecho fundamental a la salud de los afiliados al Sistema Dominicano de Seguridad Social.
Durante el proceso, el tribunal acogió el argumento de la DIDA de que los desacuerdos económicos entre los actores del sistema no deben traducirse en la interrupción de los servicios médicos a la población. La solicitud también contó con el respaldo del Ministerio Público.
La suspensión anunciada por Andeclip habría impactado a más de 1.4 millones de afiliados, de los cuales 1,121,023 pertenecen a ARS Primera y más de 300,000 a ARS Futuro. De aplicarse la medida, únicamente se garantizaría la atención de emergencias y los servicios en unidades de cuidados intensivos.
Por su parte, Andeclip ha sostenido que la decisión responde al desfase existente en las tarifas que reciben las clínicas privadas. Según su presidente, Rafael Mena, los centros de salud solo han recibido entre un 25 % y un 30 % de los ajustes requeridos frente a una inflación acumulada superior al 100 %, situación que, afirma, representa una deuda tarifaria superior al 80 %.
El director general de la DIDA, Elías Báez, valoró la decisión del tribunal y afirmó que la medida protege el derecho de los afiliados a continuar recibiendo atención médica mientras se busca una solución al conflicto.
Asimismo, la institución reconoció que el reclamo tarifario de las clínicas es legítimo, pero insistió en que las diferencias entre prestadores y aseguradoras deben resolverse a través de los mecanismos establecidos, sin afectar la atención de los pacientes.
El Tribunal Superior Administrativo fijó para el miércoles 15 de julio la continuación de la audiencia, cuando conocerá el fondo de la acción de amparo colectivo presentada por la DIDA.
Mientras tanto, la entidad informó que dará seguimiento al cumplimiento de la decisión judicial y exhortó a los afiliados a reportar cualquier negativa de servicios a través de su centro de atención telefónica, disponible las 24 horas.




