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Nacionales

Tribunal condena al Inposdom y a su director por incumplir orden de reintegrar a una empleada

Por: Visión Global
octubre 22, 2026

La institución y su director general deberán pagar RD$1.5 millones a una servidora pública de carrera. La sentencia también establece una penalidad de RD$5,000 diarios si no se cumple la orden de reincorporación dentro del plazo fijado.

Santo Domingo, República Dominicana. – La Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) condenó solidariamente al Instituto Postal Dominicano (Inposdom) y a su director general, Erick Alberto Guzmán Núñez, al pago de RD$1,500,000 a favor de Beata María Pérez Miliano, una empleada pública de carrera que había obtenido una decisión judicial que ordenaba su reincorporación laboral.

La sentencia responde al incumplimiento de una disposición judicial anterior que establecía el reintegro inmediato de la servidora pública a su puesto de trabajo, conservando las mismas condiciones salariales y laborales que tenía antes de su separación.

Además de la compensación económica, el tribunal dispuso una penalidad de RD$5,000 por cada día de retraso en el cumplimiento de la orden, una vez transcurridos 30 días desde la notificación formal de la nueva sentencia.

Conflicto laboral comenzó con una decisión judicial de 2023

El proceso tiene su origen en una ordenanza emitida en noviembre de 2023, mediante la cual se instruyó al Inposdom a reincorporar a Beata María Pérez Miliano a sus funciones.

La decisión también contemplaba el pago de los salarios que la empleada había dejado de percibir durante el período correspondiente.

Sin embargo, según los antecedentes del caso, la institución no ejecutó lo dispuesto por el tribunal, lo que dio lugar a nuevas acciones legales para exigir el cumplimiento de la sentencia.

La trabajadora acudió nuevamente a la jurisdicción administrativa para reclamar su reposición y las consecuencias económicas derivadas del incumplimiento.

Suprema Corte de Justicia rechazó recurso presentado por la institución

La orden de reincorporación fue objeto de un recurso de casación interpuesto por las autoridades del Instituto Postal Dominicano.

No obstante, en mayo de 2025, la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia rechazó dicho recurso, por lo que la decisión que ordenaba el reintegro adquirió carácter definitivo e irrevocable.

Esto significa que la sentencia ya no podía ser modificada mediante ese recurso y que la institución debía ejecutar lo establecido por los tribunales.

Pese a esa decisión, el reintegro de la empleada no se había materializado, según lo expuesto en el proceso judicial que dio lugar a la nueva condena.

La Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo examinó el incumplimiento de la orden y estableció las consecuencias económicas correspondientes.

Condena incluye indemnización y penalidad por cada día de retraso

La nueva sentencia establece que tanto el Inposdom como su director general, Erick Alberto Guzmán Núñez, deberán responder solidariamente por el pago de RD$1.5 millones a favor de la empleada.

La responsabilidad solidaria implica que ambos fueron incluidos en la obligación de cumplir la condena económica establecida por el tribunal.

Asimismo, la decisión incorpora una penalidad diaria de RD$5,000 que comenzará a aplicarse si la institución no ejecuta la reincorporación dentro de los 30 días posteriores a la notificación de la sentencia.

Esta medida busca exigir el cumplimiento de la orden judicial que dispone el retorno de la servidora pública a sus funciones.

El fallo también mantiene como obligación el respeto a las condiciones laborales y salariales establecidas en la decisión original.

Defensa fundamentó la demanda en la responsabilidad de las instituciones públicas

La representación legal de Beata María Pérez Miliano estuvo a cargo del Centro Jurídico e Inversiones Batía Ramos.

Los abogados fundamentaron su reclamación en el artículo 148 de la Constitución dominicana, que establece la responsabilidad civil de las entidades públicas y sus funcionarios por los daños ocasionados mediante actuaciones u omisiones administrativas contrarias a derecho.

Esta disposición constitucional permite reclamar la reparación de perjuicios cuando se determina que una actuación de la Administración pública ha causado daños a una persona.

En este caso, la defensa argumentó que la falta de ejecución de una sentencia definitiva había generado consecuencias económicas para la trabajadora.

El tribunal acogió la reclamación y estableció la compensación que deberán pagar la institución y su director.

Reincorporación de la empleada continúa siendo una obligación

La decisión del Tribunal Superior Administrativo no se limita al pago de la indemnización, sino que también exige el cumplimiento de la orden de reintegrar a Beata María Pérez Miliano a su puesto de trabajo.

La reincorporación deberá realizarse bajo las condiciones laborales y salariales reconocidas en la sentencia emitida originalmente en noviembre de 2023.

De acuerdo con la información divulgada, la institución dispone de un plazo de 30 días, contado a partir de la notificación de la nueva decisión, antes de que comience a aplicarse la penalidad diaria.

La información disponible no incluye una reacción oficial del Inposdom ni de su director general sobre la condena.

El caso permanece vinculado al cumplimiento de la sentencia judicial y a la ejecución de las obligaciones establecidas por el Tribunal Superior Administrativo.

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