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Nacionales

Condenan a 30 años de prisión a pareja por muerte de niña de siete años en Los Guandules

Por: Visión Global
octubre 22, 2026

El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional encontró culpables a los acusados de tortura, maltrato infantil y homicidio. La sentencia también dispone una indemnización de cinco millones de pesos para la madre de la víctima.

Santo Domingo, República Dominicana. – El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a 30 años de prisión a Yokeiry Coronado de la Cruz y a su pareja, Jeider Montero Medina, tras encontrarlos culpables de tortura y barbarie, maltrato infantil y homicidio de una niña de siete años, ocurrido el 16 de agosto de 2025 en el sector Los Guandules, del Distrito Nacional.

La decisión fue adoptada luego de que el Ministerio Público presentara pruebas testimoniales, documentales, periciales y materiales que permitieron establecer la responsabilidad penal de ambos acusados en los hechos.

Además de la pena privativa de libertad, el tribunal ordenó el pago de una indemnización de RD$5 millones a favor de la madre de la víctima, quien participó en el proceso judicial como parte civil constituida.

Tribunal dispone cumplimiento de la condena en Najayo

De acuerdo con la sentencia, Yokeiry Coronado de la Cruz deberá cumplir los 30 años de prisión en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Mujeres, mientras que Jeider Montero Medina cumplirá su condena en Najayo Hombres.

Ambos centros penitenciarios están ubicados en la provincia San Cristóbal.

La decisión fue emitida por un tribunal integrado por las magistradas Yissell Soto, quien lo presidió, Clara Sobeida Castillo y Jarolyn Rosario.

Los jueces fijaron para el próximo 12 de noviembre de 2026 la lectura íntegra de la sentencia, cuando se darán a conocer formalmente todos los fundamentos jurídicos de la decisión.

Durante el proceso, el Ministerio Público solicitó la pena máxima prevista para los delitos atribuidos a los acusados, tomando en consideración los resultados de la investigación y las circunstancias en que ocurrió la muerte de la menor.

Investigación determinó que la niña sufrió maltratos durante varias semanas

Según el expediente presentado por el Ministerio Público, la niña se encontraba bajo el cuidado de los condenados, quienes tenían la responsabilidad de garantizar su protección y bienestar.

La investigación, dirigida por la procuradora fiscal Topacio Suero Sierra, del Departamento de Crímenes y Delitos contra la Persona del Distrito Nacional, estableció que la menor fue sometida a maltratos durante los meses de julio y agosto de 2025.

De acuerdo con las pruebas presentadas, Coronado de la Cruz ejerció actos de violencia contra la niña, mientras que Montero Medina tenía conocimiento de la situación y no la denunció ante las autoridades.

El Ministerio Público sostuvo que las lesiones encontradas en la víctima no correspondían a un episodio aislado, sino a un patrón de maltrato prolongado.

Estos elementos fueron considerados durante el juicio para establecer la participación y responsabilidad de cada uno de los procesados.

Emergencia fue reportada el 16 de agosto de 2025

Los hechos que dieron lugar a la investigación ocurrieron el 16 de agosto de 2025, cuando la menor se encontraba en una vivienda de la calle Respaldo Eugenio Perdomo, en Los Guandules.

Según el expediente, aproximadamente a las 6:30 de la tarde, Coronado de la Cruz contactó a sus familiares Alejandrina Rodríguez Polanco y María Polanco de la Cruz para solicitar que acudieran a la residencia, debido a que la niña estaba presentando convulsiones.

Una vez en el lugar, Rodríguez Polanco realizó una llamada al Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1 para informar que la menor se encontraba inconsciente.

Posteriormente, una médica forense del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) certificó el fallecimiento y documentó los hallazgos observados durante el levantamiento del cadáver.

Los resultados de las evaluaciones médico-forenses dieron lugar a nuevas diligencias investigativas.

Las autoridades determinaron que la versión inicialmente ofrecida por Coronado de la Cruz sobre las circunstancias de la muerte no coincidía con los hallazgos forenses.

A partir de esas informaciones, los investigadores procedieron con su arresto y posteriormente detuvieron a Montero Medina.

Pruebas forenses fueron determinantes durante el juicio

Durante el proceso judicial, la doctora Yudelin Villanueva, médica forense del Inacif, presentó los resultados de los estudios relacionados con la causa y el mecanismo de la muerte de la niña.

La especialista explicó que los hallazgos eran compatibles con el denominado síndrome del niño maltratado, término utilizado en el ámbito médico-forense para describir lesiones asociadas con episodios de violencia física contra menores de edad.

El tribunal examinó estas conclusiones junto con las demás pruebas aportadas por el Ministerio Público.

De acuerdo con lo expuesto durante la audiencia, los resultados permitieron establecer que la víctima había sufrido agresiones reiteradas antes de su fallecimiento.

La fiscal litigante Yelianny Polanco, adscrita al Departamento de Litigación Final del Distrito Nacional, estuvo a cargo de presentar las evidencias que sustentaron la acusación.

Entre estas figuraron testimonios, documentos, estudios periciales y otros elementos materiales recopilados durante la investigación.

Fotografías y videos fueron incorporados como evidencias

El Ministerio Público también presentó fotografías y videos obtenidos mediante una extracción pericial realizada a un teléfono celular.

El procedimiento estuvo a cargo del ingeniero Eddy Ogando, quien participó en la recuperación de los archivos incorporados al expediente.

La magistrada Yissell Soto explicó que el tribunal examinó tanto el contenido de las imágenes como el procedimiento utilizado para obtenerlas, con el propósito de establecer su autenticidad y valor probatorio.

Las evidencias visuales documentaban diferentes lesiones que presentaba la menor, las cuales fueron analizadas junto con los informes médico-forenses.

Durante la exposición de los fundamentos del fallo, la jueza señaló que las pruebas permitieron determinar la gravedad y reiteración de los maltratos.

Asimismo, el tribunal valoró los argumentos presentados por la defensa de los acusados, incluyendo los relacionados con su comportamiento habitual y su imagen ante otras personas.

La magistrada explicó que la determinación de responsabilidad penal debía fundamentarse en los hechos demostrados y las pruebas admitidas durante el juicio.

Jueces establecen responsabilidad de ambos condenados

Al evaluar la participación de los procesados, el tribunal atribuyó a Yokeiry Coronado de la Cruz la autoría intelectual de los hechos y a Jeider Montero Medina la coautoría, según los fundamentos expuestos durante la audiencia.

Los jueces determinaron que ambos tenían responsabilidad penal en los delitos establecidos por el Ministerio Público.

La condena se sustentó en disposiciones del Código Penal dominicano relacionadas con el homicidio, la tortura y los actos de barbarie.

También se aplicaron disposiciones de la Ley núm. 136-03, que establece el Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes, específicamente las relacionadas con el maltrato infantil.

El tribunal declaró a los acusados culpables de violar los artículos 295, 304 y 303, incluidos los numerales 1 y 4 de este último, del Código Penal dominicano, así como el artículo 396, literales A y B, de la Ley 136-03.

Ordenan indemnización para la madre de la víctima

Además de la condena de prisión, los jueces acogieron la reclamación civil presentada en representación de la madre de la niña.

Como resultado, dispusieron el pago de RD$5 millones en concepto de indemnización por los daños ocasionados.

La decisión forma parte de las consecuencias civiles establecidas por el tribunal a raíz de los hechos juzgados.

Asimismo, se ordenó el decomiso de las pruebas materiales incorporadas al proceso, las cuales permanecerán bajo custodia del Ministerio Público hasta que la sentencia adquiera firmeza irrevocable.

Con esta decisión, el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional concluyó la etapa de juicio y estableció las sanciones penales y civiles correspondientes a los dos condenados.

La lectura íntegra de la sentencia está programada para el 12 de noviembre de 2026.

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