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Jean Andrés Pumarol es ingresado en centro de salud mental tras fallo judicial de “no ha lugar”

Por: Visión Global
marzo 25, 2026

Padres de Pumarol Fernández revelan historial clínico de esquizofrenia paranoide tras la decisión de “no ha lugar”; el Ministerio Público cuestiona la legalidad del fallo y anuncia apelación para el próximo 9 de abril

SANTO DOMINGO, RD | Miércoles 25 de marzo de 2026. – La complejidad judicial y humana del caso que conmocionó al sector de El Naco en julio de 2025 ha tomado un nuevo rumbo. Tras el fallo emitido por el Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Jean Andrés Pumarol Fernández fue ingresado formalmente en un centro especializado de salud mental. Su familia, en una declaración cargada de pesar, confirmó que el joven permanecerá bajo un régimen de tratamiento de larga duración, mientras intentan asimilar el impacto de una tragedia que, según sus palabras, “jamás imaginaron que podría suceder”.

Los padres del joven describieron un padecimiento de salud mental que se ha extendido por nueve años. Durante este tiempo, Pumarol Fernández estuvo bajo vigilancia constante de especialistas, atravesando periodos de aparente estabilidad interrumpidos por recaídas severas. En su comunicado, la familia manifestó que el hecho cometido en medio de un ataque psicótico fue “horrendo y doloroso”, expresando su total solidaridad con los parientes de Yolanda Handal Abugabir y las otras cinco personas que resultaron heridas durante el incidente.

Detalles del suceso y sustento médico

La acusación presentada en su momento detalló que el 23 de julio de 2025, el imputado irrumpió de manera violenta en varias viviendas del residencial Naco Dorado IV. En el transcurso del altercado, falleció Handal Abugabir y varios vecinos y familiares resultaron con heridas de distinta gravedad. Estos hechos llevaron inicialmente a una medida de coerción de tres meses de prisión.

Sin embargo, el juez Deibi Peguero determinó que no existía responsabilidad penal basándose en los peritajes del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF) y la Clínica Gómez Patiño. Los informes concluyeron que Pumarol padece de esquizofrenia paranoide y que, al momento del ataque, se encontraba bajo un “brote psicótico” que anuló su capacidad de discernimiento. El magistrado aplicó el artículo 64 del Código Procesal Penal, que exime de culpa a quienes actúan bajo demencia o una “fuerza irresistible”, lo que resultó en el levantamiento de los cargos y la anulación del juicio.

Controversia y apelación del Ministerio Público

Esta decisión no ha sido bien recibida por el Ministerio Público, que ha calificado el fallo como contradictorio. El órgano persecutor sostiene que, si bien el tribunal reconoció el estado de salud del joven, la aplicación práctica de la inimputabilidad en esta fase del proceso presenta debilidades jurídicas frente a las pruebas de cargo aportadas. Por esta razón, anunciaron que recurrirán la sentencia una vez se produzca la lectura íntegra el 9 de abril de 2026.

Ante la ola de críticas y el debate social generado, la familia Pumarol pidió a la ciudadanía actuar con sensibilidad y respeto. Reconocieron que el juicio público ha sido severo, pero afirmaron asumirlo con humildad mientras se enfocan en el tratamiento médico de su hijo y en el proceso de sanación de las heridas profundas que este caso ha dejado en múltiples familias dominicanas.

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