La disposición establece controles sobre registro, pagos, trazabilidad y responsabilidades en cesiones de obras, bienes y servicios a partir del 6 de julio
Santo Domingo.– La Contraloría General de la República emitió una nueva normativa para regular las cesiones de contratos de obras, bienes y servicios suscritos por instituciones del Estado, con el objetivo de fortalecer la trazabilidad de estas operaciones, uniformar su tratamiento financiero y reforzar los controles de transparencia en la administración pública.

La disposición fue formalizada mediante la Circular IN-CGR-CIR-2026-0005, firmada por el contralor general Geraldo Espinosa, y entrará en vigencia para todas las cesiones contractuales que se suscriban a partir del 6 de julio de 2026.
La medida está dirigida a ministerios, direcciones generales, instituciones descentralizadas, entidades autónomas, organismos de la Seguridad Social y demás entidades sujetas al ámbito de aplicación de la Ley 10-07, y responde a las nuevas disposiciones incorporadas en la Ley 47-25 de Contrataciones Públicas.
Buscan uniformar el manejo de las cesiones
De acuerdo con la Contraloría, la circular establece lineamientos técnicos para el registro, la trazabilidad, la transparencia y la correcta gestión financiera de las cesiones de contratos, con el propósito de asegurar que estas operaciones queden debidamente documentadas y reflejadas en los sistemas de control del Estado.
Espinosa explicó que la nueva regulación busca que las cesiones se realicen bajo criterios técnicos claros y con mecanismos que permitan dar seguimiento a cada operación desde su origen hasta su culminación.
Uno de los puntos centrales de la disposición es la exigencia de un contrato tripartito entre la institución contratante, el beneficiario original del contrato (cedente) y el nuevo beneficiario (cesionario), de manera que quede establecida la responsabilidad solidaria de las partes frente al Estado.
La circular también dispone que la entidad contratante deberá verificar, antes de autorizar la cesión, que el cesionario reúna las mismas condiciones técnicas, legales y financieras que fueron requeridas en la adjudicación original y que, además, esté registrado como beneficiario en el Sistema Integrado de Gestión Financiera (Sigef).
Cesiones solo en casos excepcionales y con informe técnico
La normativa establece que las cesiones deberán ajustarse a lo dispuesto en el artículo 151 de la Ley 47-25, que limita este procedimiento a casos excepcionales y de interés público, y además prohíbe su aplicación en determinados tipos de contratos y etapas de ejecución.
Como parte de los requisitos, se exigirá la elaboración de un informe técnico que justifique la cesión y detalle el estado físico y financiero del contrato antes de su autorización.
La Contraloría instruyó, además, que toda cesión deberá registrarse mediante una adenda al contrato original en el sistema Trámite Regular Estructurado (TRE Contrato), con el fin de identificar con precisión los montos cedidos, los saldos pendientes, las garantías vigentes y las responsabilidades asumidas por cada parte.
En paralelo, los libramientos de pago deberán registrarse en el Sigef a nombre del beneficiario que corresponda, para preservar la integridad y trazabilidad de la información financiera y evitar inconsistencias en los registros.
La norma también regula garantías y adendas individuales
La circular dispone que las instituciones podrán realizar adendas individuales tanto con el cedente como con el cesionario, siempre respetando los límites establecidos por la legislación vigente y manteniendo la proporcionalidad de los montos derivados de la cesión.
Asimismo, establece que las garantías exigidas por la Ley 47-25 deberán ser asumidas por el cesionario en la proporción correspondiente al monto transferido, con el objetivo de preservar la protección del interés público durante toda la ejecución contractual.
El contralor sostuvo que estas medidas permitirán evitar duplicidades de registro, corregir vacíos administrativos y fortalecer la transparencia en las operaciones del Estado, al garantizar que cada cesión quede reflejada con claridad en los sistemas financieros y de control.
La Contraloría precisó que las cesiones formalizadas antes del 6 de julio de 2026 continuarán rigiéndose por la normativa vigente al momento de su suscripción, mientras que las nuevas disposiciones aplicarán únicamente a las cesiones pactadas a partir de esa fecha.
La circular fue publicada en la página web oficial de la Contraloría para facilitar su conocimiento e implementación por parte de las instituciones públicas.




